#GraphosCc #Tlx #Noticias | Confirma TET desechamiento de quejas y reencauza juicio al PAN
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Con la aprobación unánime de seis proyectos de sentencia, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) llevó a cabo su sesión pública. El órgano jurisdiccional, integrado por la Magistrada Presidenta Esther Terova Cote, la Magistrada Claudia Salvador Ángel y el Magistrado por Ministerio de Ley Ángel Magdiel Benítez Pérez, concluyó sus trabajos tras agotar el orden del día.
En el primer bloque, al resolver los Asuntos Generales TET-AG-141/2026 y TET-AG-146/2026, promovidos por José Carlos Hernández Pérez, el Pleno determinó reencauzarlos a Juicios Electorales y confirmar los acuerdos de la Comisión de Quejas y Denuncias (CQyD) del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE). Estas quejas, interpuestas en contra de un ciudadano y del partido político Morena, derivaron de la asistencia a una reunión celebrada en el municipio de Tenancingo, Tlaxcala, y su difusión en redes sociales. El Tribunal resolvió declarar infundados los agravios, al determinar que la autoridad responsable fundó y motivó debidamente el desechamiento, puesto que la sola asistencia a una reunión y su difusión no constituyen elementos suficientes para advertir una posible infracción a la normativa electoral.
Por su parte, al atender los expedientes TET-AG-145/2026 y TET-AG-157/2026, también reencauzados a Juicios Electorales, las magistraturas confirmaron los desechamientos dictados por el ITE. Respecto al expediente 145, donde se denunciaban presuntos actos anticipados, promoción personalizada y uso indebido de recursos por publicaciones en Facebook, el TET desestimó el agravio de falta de exhaustividad, validando que el ITE realizó las diligencias pertinentes y concluyó que no había elementos de proselitismo o solicitud de apoyo electoral. En cuanto al expediente 157, se validó la debida notificación del actor —cuya constancia contenía su firma y la leyenda "recibió oficio y anexo"— y se avaló el desechamiento por frivolidad, ya que la queja se sustentaba de manera exclusiva en una nota de carácter noticioso sin elementos indiciarios adicionales.
En el desahogo del Asunto General TET-AG-159/2026, reencauzado a Juicio Electoral, se analizó la impugnación de un ciudadano contra el acuerdo del 31 de agosto de la CQyD del ITE, mediante el cual se hizo efectivo un apercibimiento y se tuvo por no presentada su queja. El actor argumentaba una prevención excesiva e indebida fundamentación. El Pleno calificó el agravio como fundado pero ineficaz; aunque el ITE omitió citar el artículo 44, numeral 1, del Reglamento de Quejas y Denuncias (que faculta prevenir para subsanar requisitos), el TET concluyó que exigir al denunciante precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar no constituye un formalismo excesivo, sino una medida para garantizar una base fáctica mínima de investigación, confirmando así el acuerdo.
Finalmente, el Pleno resolvió el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-165/2026, promovido por un militante e integrante de la Comisión Permanente Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) en Tlaxcala. El actor controvirtió la omisión de la Comisión Permanente Estatal, de la Presidencia y de la Secretaría General del Comité Directivo Estatal de dicho partido de convocarlo a la sesión extraordinaria del 17 de agosto de 2026. El Tribunal declaró improcedente el juicio al no haberse agotado el principio de definitividad en la normativa partidista, por lo que ordenó reencauzar la demanda a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del PAN para que, en plenitud de atribuciones, resuelva la controversia interna.











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